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Santa Fe Al día - Rafaela Al día

200406 - Santa Fe - Procesan a ex funcionarios por la inundación del río Salado
Se trata de
Edgardo Berli (Obras Públicas), Ricardo Fratti (Hidráulica) y el ex intendente Marcelo Alvarez


El juez de instrucción penal de la octava nominación, Jorge Patrizzi, dictó el procesamiento del ex ministro de Obras Públicas de la provincia Edgardo Berli, del ex intendente capitalino Marcelo Alvarez, y del ex director de Asuntos Hídricos Ricardo Fratti, como autores del delito de "estrago culposo, agravado por el resultado de la muerte de 18 personas", durante la inundación del río Salado en abril de 2003.

La medida implica que el juez Patrizzi encontró semiplenas pruebas de la culpabilidad de los imputados y la decisión es, en realidad, el comienzo del proceso. No ocurrió lo mismo para el ex gobernador Carlos Reutemann, también denunciado en la causa, a quien liberó de forma total porque "no existen elementos suficientes como para sospechar que ha participado en los hechos de autos".

Esta decisión encendió el ambiente político con reacciones dispares. Mientras el oficialismo guardó silencio, desde la oposición varios expresaron que lo de Reutemann configuraría una estrategia electoralista del justicialismo para despejarle el camino a una eventual candidatura en 2007.

Sin embargo, se mostraron cautos al recordar que la medida no es una sentencia. Si bien Alvarez, Berli y Fratti aparecen procesados, cuando termine la investigación podría confirmarse o desecharse dictando el sobreseimiento. Por ahora significa que seguirán investigados y que en esta instancia -que será apelada- está probada la sospecha del delito que se les atribuye.

El estrago culposo tiene una pena que puede ir desde un mes a cinco años de prisión, y aunque se trabó embargo por 50 mil pesos, no se ordenó su detención y sí la libertad provisional bajo promesa jurada.

Además, el decisorio ordena investigar a los demás funcionarios denunciados porque "no existen elementos de convicción suficientes como para dictar procesamiento, como tampoco para sobreseer al ex secretario de Obras Públicas de la provincia Carlos Gómez Galissier; al ex titular de Vialidad Provincial José D'Ambrosio; al ex director de Defensa Civil Carlos Filomena; al ex secretario de Gobierno de Santa Fe Juan José Maspons; al ex secretario de Servicios Públicos Juan Carlos Cafaratti; al ex subsecretario de Obras Públicas Jorge Bounus y al ex director de Hidráulica Alejandro Alvarez Oporto, de la imputación formulada.

La denuncia original fue interpuesta por Ana Zanutigh, María Cristina Temporetti y Emiliano de Olazábal contra Reutemann, Berli, el director de Servicios Públicos de la Municipalidad "y quienes resulten responsables por la inundación como también de los daños producidos a viviendas y organismos públicos como el Hospital Orlando Alassia".

A esta denuncia se agregaron otras cuatro que también solicitaron la investigación tanto de las causas como de los presuntos responsables de la inundación; además de informes y documentación que el juez Patrizzi enumera citando taxativamente los autos en los que se investigan las "muertes dudosas" durante la tragedia.

El magistrado también repasa las medidas procesales ordenadas y considera que "las defensas que se realicen en las costas son competencia de la provincia y los funcionarios provinciales deben velar por la prevención y mantenimiento de las obras de defensa", y agrega que "respecto a los funcionarios municipales, primordialmente, su incumbencia estriba también en la prevención de inundaciones, incendios y derrumbes", como también "la adopción de todas las medidas tendientes a evitar las epidemias, disminuir sus estragos y remover las causas que las produzcan o mantengan, y todas las que concurran a asegurar la salud y bienestar de la población".

La ley 8.094 de defensa civil dice que "el gobernador tendrá a su cargo la planificación, organización, promoción, control y dirección de la defensa civil y la conducción de las operaciones de emergencia en el ámbito provincial" debiendo "efectuar previsiones para la evacuación de la población en evento bélico o de desastre".

 

 

 

 

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