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Habitualmente, se sostiene que en la modernidad, la filosofía se
emancipa del discurso religioso en la legitimación de las instituciones
políticas. Y efectivamente, se observa que en esta época surgen diversos
intentos por legitimar el orden estatal sin recurrir a la vieja fórmula
medieval “el poder viene de Dios”. Filósofos como Hobbes y
Locke, si bien no se encuentran completamente desligados del discurso
religioso, tampoco lo erigen en un sitio central dentro de sus intentos
por justificar el orden político.
Ahora bien, a continuación me propongo demostrar que, en el caso de
Rousseau, el discurso religioso sí consiste en un aspecto esencial de su
teoría política hasta un punto tal que su estructura argumentativa no
podría funcionar sin recurrir a él. En primer lugar, señalaré que el
discurso religioso irrumpe inicialmente como un modo de justificar la
autoridad del legislador para dictar leyes en los primeros tiempos de la
vida de un Estado. En segundo lugar, se demostrará que la estrecha
relación entre política y religión necesaria en ese momento de la
argumentación, engendra luego una segunda problemática cuya solución no
llega a través de una disociación entre política y religión sino
mediante una profundización de sus vínculos.
En la exposición, se utilizará un aparato conceptual similar al de los
“desajustes” althusserianos para estudiar el peso del discurso religioso
en la teoría política rousseauniana. Se verá que existe un primer
desajuste cuya resolución conduce a un segundo y luego éste lleva a un
tercero donde, a diferencia del caso de Althusser se produce un momento
conciliatorio entre política y religión.
Contexto de aparición de la
religión en el planteo rousseauniano.
Durante todo el libro I y buena parte del libro II del Contrato
Social, Rousseau se propone legitimar el orden político de un modo
independiente de la religión. Las alusiones
religiosas son escasas y hasta irónicas: “Toute puissance vient
de Dieu, je l’avoue; mais toute maladie vient aussi” (Libro I,
capítulo 3); “Toute justice vient de Dieu, lui seul est la
source; mais si nous savions la recevoir de si haut, nous n’aurions
besoin de gouvernement ni de lois” (Libro II, capítulo 4).
Es decir, ya desde el principio se rechaza
la posibilidad de fundamentar las instituciones políticas sobre el
discurso religioso. En efecto, la religión no cumple ninguna función en
el momento del pacto. Las instituciones políticas son fundadas por los
hombres y para los hombres. Entonces, el resultado del pacto es la
creación de un ente estatal laico.
Desajuste I: incapacidad
legislativa del soberano
Una vez que el pacto ha dado vida al cuerpo político, se vuelve
necesario dotarlo de movimiento y voluntad a través de la legislación. Y
aquí Rousseau se enfrenta con un problema: el pacto ha otorgado al
pueblo la autoridad de crear las leyes a la que estará sometido. Pero
los hombres no se encuentran facultados para crear leyes conformes a la
voluntad general porque en los primeros tiempos de la vida de un Estado,
no han alcanzado el grado de ilustración necesario para “ver” la
voluntad general y legislar en base a ésta.
Este punto se deriva de los supuestos antropológicos rousseaunianos.
Según Rousseau, no existe una naturaleza humana inmutable sino que ésta
varía a lo largo de las sucesivas etapas de la civilización (como se
describe en el Discurso sobre la Desigualdad). A
continuación, me guiaré por la interpretación de Fernández Santillán que
supone que el contrato social se produce para salir de un estado civil
corrupto (según Fernández Santillán, cuando en el Contrato
Social Rousseau habla del “estado de naturaleza” se estaría
refiriendo a un estado ya civil pero pre-político). De todas formas, a
los efectos de esta investigación, es irrelevante qué término se utilice
para designar al estado anterior al pacto. Lo importante es señalar que
al haber sido educados en una sociedad corrupta, los hombres son
corruptos y, por lo tanto, incapaces para orientarse por la voluntad
general en la creación de leyes.
Por lo tanto, nótese el desajuste que se produce en el argumento: se ha
creado un Estado que necesita leyes. Pero el único con la autoridad para
dictarlas (el pueblo) carece de la prudencia para formularlas. Ergo, si
el pueblo se aboca a la tarea legislativa con tan escasa ilustración, el
resultado será un Estado con malas leyes. Y, según Rousseau, un Estado
con malas leyes está condenado a perecer. Pero justamente los individuos
han pactado porque habían llegado a un punto en que los obstáculos para
su conservación en su estado anterior amenazaban con superar sus fuerzas
para mantenerse en dicho estado (Libro I, capítulo VI). Es decir, de no
salir de ese estado, la especie humana se encaminaba a la extinción.
Por lo tanto, llevando el razonamiento hasta sus últimas consecuencias,
se sigue que, al no poder los hombres elaborar leyes de acuerdo a la
voluntad general, el Estado es incapaz de perdurar y los individuos
regresan a un estado en que no pueden subsistir. Ergo, la incapacidad de
los hombres para crear leyes de acuerdo a la voluntad general conduce a
la extinción del género humano.
Solución al primer
desajuste: el legislador “externo”.
Este razonamiento muestra claramente el grave problema que representa
para la economía argumentativa rousseauniana el hecho de que los hombres
carezcan de la ilustración necesaria para legislar. Según Rousseau, el
pueblo sólo podrá adquirir prudencia si vive en un Estado con buenas
leyes. Las buenas leyes modifican las costumbres hasta que en el futuro
los hombres adquieran la prudencia necesaria. Sin embargo, el Estado no
nace con leyes y el pueblo es incapaz de formularlas convenientemente.
Ergo, siendo imprudente, no puede darse prudencia a sí mismo
Entonces, Rousseau plantea la necesidad de que un legislador sabio
imponga buenas leyes que transformen gradualmente a los hombres hasta
llegar al punto de que éstos puedan legislar en base al bien común.
Entonces, puede comprenderse al legislador como una suerte de
intermediario entre el hombre corrupto y el ciudadano virtuoso. Sin
embargo, esta solución conduce a un segundo desajuste.
Desajuste II: la falta de autoridad
del legislador.
Ahora bien, se ha visto que la
introducción del legislador resulta fundamental para la formulación de
buenas leyes. Sin embargo, esto deriva en una paradoja: aquél que cuenta
con la autoridad para dictar las leyes (el pueblo) carece de la
prudencia. Pero aquél que cuenta con la prudencia, carece de autoridad
(el legislador)
En efecto, el contrato otorga únicamente a la asamblea soberana la
autoridad para formular leyes. Y, por otro lado, la soberanía es
intransferible. Por lo tanto, aun si en un hipotético gesto de humildad
el pueblo reconociera su propia ignorancia y estuviera dispuesto a
someterse a las leyes del legislador, esto sería imposible porque
implicaría una violación del pacto y el derrumbe del Estado
Pero si los ciudadanos no transfieren su facultad de legislar, ocurre el
siguiente problema: cuando un legislador externo pretenda imponer una
ley, ésta será ilegítima y los súbditos no estarán obligados a
obedecerla. Y si las leyes no son obedecidas, el Estado se derrumba. Por
lo tanto, aquí se observa que en el marco de la economía argumentativa
de Rousseau resulta imposible otorgar la autoridad política que el
legislador necesita para reformar al pueblo.
Solución al segundo
desajuste: introducción del discurso religioso
Se
ha visto que el legislador carece (y debe carecer) de autoridad política
para imponer las buenas leyes que el Estado necesita. Sin embargo, esta
autoridad debe provenir de algún lado. Y Rousseau sostiene que su origen
es el discurso religioso. En todos los tiempos, los padres de las
naciones han alegado la autoría divina de las leyes para que el pueblo
las aceptara. Moisés presenta a sus Tablas como escritas por Dios. Y
como el pueblo le ha creído, las ha obedecido. Entonces, la nula
autoridad “civil” del legislador resulta compensada por una autoridad de
orden divino
De este modo, se ve que la solución propuesta por Rousseau para la
paradoja radica en eludirla. No es posible otorgar prudencia al pueblo
ni autoridad política al legislador. Entonces, la autoridad será
religiosa
Desajuste III: conflicto de
leyes producido por el discurso religioso.
Ya
ha sido demostrado que el discurso religioso es un elemento útil y
positivo para la buena marcha del orden político rousseauniano. Sin
embargo, ahora se verá en qué sentido lo que en un primer momento
resulta necesario para resolver un desajuste, se convierte en una
“navaja de doble filo” al entrar en conflicto las leyes fundadas en la
autoridad divina con aquellas creadas por la verdadera autoridad: la
asamblea soberana
Ahora bien, el problema se plantea de la manera siguiente: en los
primeros tiempos de la vida de un Estado, los hombres se encuentran
incapacitados para ver la voluntad general en sus deliberaciones y
legislar en base a ella. Entonces, es necesaria la introducción del
discurso religioso para otorgar autoridad al legislador e imponer buenas
leyes
Y una vez introducido dicho fundamento, no es tan sencillo deshacerse de
él. En efecto, una vez que se ha reconocido a Dios la autoría de las
leyes, ¿cómo quitarle este privilegio para depositarlo exclusivamente en
manos de la asamblea soberana (legítima poseedora de ese derecho en
virtud del contrato)?
Ahora bien, esta cuestión no sería tan acuciante si las leyes divinas
coincidieran exactamente con las civiles. Y esto es lo que ocurre en los
primeros tiempos porque el legislador sostenía que las leyes provenían
de Dios. Es decir, en un Estado teocrático, ley civil y divina son una
misma cosa. Pero si bien ha sido útil en los primeros tiempos, no puede
esperarse que el legislador sabio siga dictando las leyes durante toda
la vida del Estado (pues en ese caso, no se comprendería cuál ha sido la
necesidad del contrato ni de la institución de una asamblea soberana).
Justamente, el legislador ha sido necesario para reformar al pueblo,
para otorgarle la prudencia necesaria para que éste dicte leyes
tendientes al interés común.
Gracias al gradual proceso de ilustración, los hombres han adquirido la
prudencia para legislar en base al interés común. Sin embargo, esto no
implica que las leyes fundadas en la religión sean inmediatamente
abandonadas. En efecto, la religión sigue influyendo sobre los hombres
aunque ahora de modo negativo al desviarlos del cumplimiento de las
leyes del soberano. Y aquí se plantea un serio problema porque cuando
los súbditos escogen obedecer las leyes religiosas por encima de las
civiles, el Estado se dirige inexorablemente a la ruina.
Por lo tanto, al haber admitido el discurso religioso como fundamento
para las leyes en sus primeros tiempos, dicho en términos marxistas, el
Estado ha sembrado el germen de su propia destrucción. Ergo, es
necesaria una instancia superadora, esta vez expresado hegelianamente,
es necesaria una conciliación entre el discurso político y el religioso,
entre leyes civiles y divinas. Y el momento conciliador se produce con
la propuesta de una “religión civil"
Solución al desajuste III:
la religión civil
Se ha
visto que para asegurar la supervivencia del Estado, es necesario que la
religión no interfiera con el cumplimiento de las leyes civiles. ¿Y qué
mejor forma de asegurar la no-interferencia entre ambas que haciéndolas
coincidir
Esta es, desde mi punto de vista, la estrategia rousseauniana.
Consciente de que difícilmente podría abolirse el sentimiento religioso
del pueblo, Rousseau no se propone acometer esa tarea sino poner a la
religión al servicio del Estado. Entonces, su propuesta consistirá en
tolerar todas las religiones que presenten una serie de características
útiles para el Estado. No interesan las creencias particulares de los
individuos siempre y cuando éstos se comporten como buenos ciudadanos.
Por lo tanto, Rousseau propone la creación de una religión civil que
tenga por dogmas positivos el respeto por las leyes y el contrato
Por lo tanto, toda religión particular que pregone el cumplimiento de
las leyes civiles será aceptada. Todos los adeptos a religiones que
ubiquen a sus propias leyes por encima de las civiles serán desterrados
del Estado. Nótese el término: “desterrados”.
¿Qué queda entonces dentro del Estado? Religiones acordes con los dogmas
civiles, es decir, que inducen a aceptar las leyes del soberano. Y aquí
es donde se cierra el círculo: las leyes religiosas coinciden con las
civiles al igual que en los primeros tiempos del Estado. Así se llega a
la conciliación de la contradicción y se neutraliza el germen
autodestructivo sembrado por el legislador.
Es de notar que Rousseau ha invertido la relación entre leyes civiles y
religiosas. En efecto, en los primeros tiempos del Estado, las leyes
civiles se fundaban sobre la religión pues ésta le brindaba autoridad al
legislador y en base a esta autoridad eran obedecidas. Sin embargo,
desde el surgimiento de la religión civil, ocurre lo contrario. El
fundamento de las leyes radica en la autoridad que el pacto brinda a la
asamblea soberana. Es decir, la legitimidad de las leyes es
exclusivamente política. La religión civil es un factor que induce a los
súbditos a ser buenos ciudadanos, a ser libres obedeciendo las leyes que
ellos mismos se han dado.
Conclusión
A
modo de conclusión, podemos afirmar que ha sido probada la hipótesis
planteada: el discurso religioso es inescindible de la teoría política
rousseauniana.
En primer lugar, se ha visto que el discurso religioso no interviene
estrictamente en la formación de una comunidad política (el Estado se
funda sobre unos cimientos laicos).
Sin embargo, el Estado sí requiere del discurso religioso para funcionar
en sus primeros tiempos, cuando el pueblo no se encuentra facultado para
legislar. Es decir, sin la intervención del discurso religioso para
fundamentar la autoridad del legislador, el Estado se derrumba y los
individuos regresan al estado de naturaleza. En segundo lugar, se ha
señalado que la apelación al discurso religioso genera un problema pues
las leyes divinas pueden interferir con las civiles hasta el punto de
ocasionar la ruina del cuerpo político. Y el remedio propuesto para este
germen es típicamente rousseauniano: si el problema de la política es la
religión, la solución es poner más religión. Y así surge la propuesta de
la religión civil. Entonces, se observa que lo que en un primer momento
era útil para legitimar leyes creadas por un legislador externo, luego
sirve como un factor para convencer al pueblo a obedecer las leyes
creadas por él mismo. Es decir, el discurso religioso acaba siendo
central para que los ciudadanos sean libres.
Bibliografía
Ø Jean Jacques
Rousseau, Discurso sobre el origen de la desigualdad
Ø
Jean Jacques Rousseau, El Contrato Social
Ø José
Fernández Santillán, Hobbes y Rousseau: entre la autocracia y
la democracia
Ø L.
Althusser, Lectura de Rousseau, los desajustes del discurso en
el Contrato Social
Federico Ast
es Licenciado
en Economía y estudiante de Filosofía (Universidad de Buenos Aires)
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