|
Pero no se
le puede prohibir con justicia hacer observaciones, en cuanto docto,
acerca de los defectos del servicio militar y presentarlas ante el
juicio del público. El ciudadano no se puede negar a pagar los impuestos
que le son asignados, tanto que una censura impertinente a esa carga, en
el momento que deba pagarla, puede ser castigada por escandalosa (pues
podría ocasionar resistencias generales). Pero, sin embargo, no actuará
en contra del deber de un ciudadano si, como docto, manifiesta
públicamente sus ideas acerca de la inconveniencia o injusticia de tales
impuestos. De la misma manera, un sacerdote está obligado a enseñar a
sus catecúmenos y a su comunidad según el símbolo de la Iglesia a que
sirve, puesto que ha sido admitido en ella con esa condición. Pero, como
docto, tiene plena libertad, y hasta la misión, de comunicar al público
sus ideas —cuidadosamente examinadas y bien intencionadas— acerca de los
defectos de ese símbolo; es decir, debe exponer al público las
proposiciones relativas a un mejoramiento de las instituciones,
referidas a la religión y a la Iglesia. En esto no hay nada que pueda
provocar en él escrúpulos de conciencia. Presentará lo que enseña en
virtud de su función —en tanto conductor de la Iglesia— como algo que no
ha de enseñar con arbitraria libertad, y según sus propias opiniones,
porque se ha comprometido a predicar de acuerdo con prescripciones y en
nombre de una autoridad ajena. Dirá: nuestra Iglesia enseña esto o
aquello, para lo cual se sirve de determinados argumentos. En tal
ocasión deducirá todo lo que es útil para su comunidad de proposiciones
a las que él mismo no se sometería con plena convicción; pero se ha
comprometido a exponerlas, porque no es absolutamente imposible que en
ellas se oculte cierta verdad que, al menos, no es en todos los casos
contraria a la religión íntima. Si no creyese esto último, no podría
conservar su función sin sentir los reproches de su conciencia moral, y
tendría que renunciar. Luego el uso que un predicador hace de su razón
ante la comunidad es meramente privado, puesto que dicha comunidad sólo
constituye una reunión familiar, por amplia que sea. Con respecto a la
misma, el sacerdote no es libre, ni tampoco debe serlo, puesto que
ejecuta una orden que le es extraña. Como docto, en cambio, que habla
mediante escritos al público, propiamente dicho, es decir, al mundo, el
sacerdote gozará, dentro del uso público de su razón, de una ilimitada
libertad para servirse de la misma y, de ese modo, para hablar en nombre
propio. En efecto, pretender que los tutores del pueblo (en cuestiones
espirituales) sean también menores de edad, constituye un absurdo capaz
de desembocar en la eternización de la insensatez.
Pero una sociedad eclesiástica tal, un sínodo semejante de la Iglesia,
es decir, una classis de reverendos (como la llaman los
holandeses) ¿no podría acaso comprometerse y jurar sobre algún símbolo
invariable que llevaría así a una incesante y suprema tutela sobre cada
uno de sus miembros y, mediante ellos, sobre el pueblo? ¿De ese modo no
lograría eternizarse? Digo que es absolutamente imposible. Semejante
contrato, que excluiría para siempre toda ulterior ilustración del
género humano es, en sí mismo, sin más nulo e inexistente, aunque fuera
confirmado por el poder supremo, el congreso y los más solemnes tratados
de paz. Una época no se puede obligar ni juramentar para poner a la
siguiente en la condición de que le sea imposible ampliar sus
conocimientos (sobre todo los muy urgentes), purificarlos de errores y,
en general, promover la ilustración. Sería un crimen contra la
naturaleza humana, cuya destinación originaria consiste, justamente, en
ese progresar. La posteridad está plenamente justificada para rechazar
aquellos decretos, aceptados de modo incompetente y criminal. La piedra
de toque de todo lo que se puede decidir como ley para un pueblo yace en
esta cuestión: ¿un pueblo podría imponerse a sí mismo semejante ley? Eso
podría ocurrir si por así decirlo, tuviese la esperanza de alcanzar, en
corto y determinado tiempo, una ley mejor, capaz de introducir cierta
ordenación. Pero, al mismo tiempo, cada ciudadano, principalmente los
sacerdotes, en calidad de doctos, debieran tener libertad de llevar sus
observaciones públicamente, es decir, por escrito, acerca de los
defectos de la actual institución. Mientras tanto —hasta que la
intelección de la cualidad de estos asuntos se hubiese extendido lo
suficiente y estuviese confirmada, de tal modo que el acuerdo de su
voces (aunque no la de todos) pudiera elevar ante el trono una propuesta
para proteger las comunidades que se habían unido en una dirección
modificada de la religión, según los conceptos propios de una
comprensión más ilustrada, sin impedir que los que quieran permanecer
fieles a la antigua lo hagan así— mientras tanto, pues, perduraría el
orden establecido. Pero constituye algo absolutamente prohibido unirse
por una constitución religiosa inconmovible, que públicamente no debe
ser puesta en duda por nadie, aunque más no fuese durante lo que dura la
vida de un hombre, y que aniquila y torna infecundo un período del
progreso de la humanidad hacia su perfeccionamiento, tornándose,
incluso, nociva para la posteridad. Un hombre, con respecto a su propia
persona y por cierto tiempo, puede dilatar la adquisición de una
ilustración que está obligado a poseer; pero renunciar a ella, con
relación a la propia persona, y con mayor razón aún con referencia a la
posteridad, significa violar y pisotear los sagrados derechos de la
humanidad. Pero lo que un pueblo no puede decidir por sí mismo, menos lo
podrá hacer un monarca en nombre del mismo. En efecto, su autoridad
legisladora se debe a que reúne en la suya la voluntad de todo el
pueblo. Si el monarca se inquieta para que cualquier verdadero o
presunto perfeccionamiento se concilie con el orden civil, podrá
permitir que los súbditos hagan por sí mismos lo que consideran
necesario para la salvación de sus almas. Se trata de algo que no le
concierne; en cambio, le importará mucho evitar que unos a los otros se
impidan con violencia trabajar, con toda la capacidad de que son
capaces, por la determinación y fomento de dicha salvación.
Inclusive se agravaría su majestad si se mezclase en estas cosas,
sometiendo a inspección gubernamental los escritos con que los súbditos
tratan de exponer sus pensamientos con pureza, salvo que lo hiciera
convencido del propio y supremo dictamen intelectual —con lo cual se
prestaría al reproche Caesar non est supra grammaticos— o que
rebajara su poder supremo lo suficiente como para amparar dentro del
Estado el despotismo clerical de algunos tiranos, ejercido sobre los
restantes súbditos.
Luego, si se nos preguntara ¿vivimos ahora en una época ilustrada?
responderíamos que no, pero sí en una época de ilustración. Todavía
falta mucho para que la totalidad de los hombres, en su actual
condición, sean capaces o estén en posición de servirse bien y con
seguridad del propio entendimiento, sin acudir a extraña conducción. Sin
embargo, ahora tienen el campo abierto para trabajar libremente por el
logro de esa meta, y los obstáculos para una ilustración general, o para
la salida de una culpable minoría de edad, son cada vez menores. Ya
tenemos claros indicios de ello. Desde este punto de vista, nuestro
tiempo es la época de la ilustración o “el siglo de Federico”.
Un príncipe que no encuentra indigno de sí declarar que sostiene como
deber no prescribir nada a los hombres en cuestiones de religión, sino
que los deja en plena libertad y que, por tanto, rechaza al altivo
nombre de tolerancia, es un príncipe ilustrado, y merece que el mundo y
la posteridad lo ensalce con agradecimiento. Al menos desde el gobierno,
fue el primero en sacar al género humano de la minoría de edad, dejando
a cada uno en libertad para que se sirva de la propia razón en todo lo
que concierne a cuestiones de conciencia moral. Bajo él, dignísimos
clérigos —sin perjuicio de sus deberes profesionales— pueden someter al
mundo, en su calidad de doctos, libre y públicamente, los juicios y
opiniones que en ciertos puntos se apartan del símbolo aceptado. Tal
libertad es aún mayor entre los que no están limitados por algún deber
profesional. Este espíritu de libertad se extiende también
exteriormente, alcanzando incluso los lugares en que debe luchar contra
los obstáculos externos de un gobierno que equivoca sus obligaciones.
Tal circunstancia constituye un claro ejemplo para este último, pues
tratándose de la libertad, no debe haber la menor preocupación por la
paz exterior y la solidaridad de la comunidad. Los hombres salen
gradualmente del estado de rusticidad por propio trabajo, siempre que no
se trate de mantenerlos artificiosamente en esa condición.
He puesto el punto principal de la ilustración —es decir, del hecho por
el cual el hombre sale de una minoría de edad de la que es culpable— en
la cuestión religiosa, porque para las artes y las ciencias los que
dominan no tienen ningún interés en representar el papel de tutores de
sus súbditos. Además, la minoría de edad en cuestiones religiosas es la
que ofrece mayor peligro: también es la más deshonrosa. Pero el modo de
pensar de un jefe de Estado que favorece esa libertad llega todavía más
lejos y comprende que, en lo referente a la legislación, no es peligroso
permitir que los súbditos hagan un uso público de la propia razón y
expongan públicamente al mundo los pensamientos relativos a una
concepción más perfecta de esa legislación, la que puede incluir una
franca crítica a la existente. También en esto damos un brillante
ejemplo, pues ningún monarca se anticipó al que nosotros honramos.
Pero sólo alguien que por estar ilustrado no teme las sombras y, al
mismo tiempo, dispone de un ejército numeroso y disciplinado, que les
garantiza a los ciudadanos una paz interior, sólo él podrá decir algo
que no es lícito en un Estado libre: ¡razonad tanto como queráis y sobre
lo que queráis, pero obedeced! Se muestra aquí una extraña y no esperada
marcha de las cosas humanas; pero si la contemplamos en la amplitud de
su trayectoria, todo es en ella paradójico. Un mayor grado de libertad
civil parecería ventajoso para la libertad del espíritu del pueblo y,
sin embargo, le fija límites infranqueables. Un grado menor, en cambio,
le procura espacio para la extensión de todos sus poderes. Una vez que
la Naturaleza, bajo esta dura cáscara, ha desarrollado la semilla que
cuida con extrema ternura, es decir, la inclinación y disposición al
libre pensamiento, ese hecho repercute gradualmente sobre el modo de
sentir del pueblo (con lo cual éste va siendo poco a poco más capaz de
una libertad de obrar) y hasta en los principios de gobierno, que
encuentra como provechoso tratar al hombre conforme a su dignidad,
puesto que es algo más que una máquina.
|